Una factura es un documento que acredita una operación comercial, principalmente una compraventa o la prestación de algún servicio. Aunque las vemos todos los días, pocas veces nos hemos parado a entender en profundidad qué es una factura y qué partes la componen.
Todas las facturas deben contener una información básica común independientemente del tipo que sean, aunque según el contenido de las mismas, existen diferentes tipos. Todas las facturas tienen que cumplir con una serie de requisitos legales.
- Número de la factura.
- Nombre y apellidos o denominación social, NIF y domicilio del expendedor y del destinatario.
- Descripción de la operación y su contraprestación social.
- Lugar y fecha de emisión.
Respecto a los duplicados y copias, los empresarios y profesionales sólo podrán expedir un original de cada factura o documento sustitutivo. Se pueden expedir duplicados cuando en una misma operación concurran varios destinatarios o en caso de pérdida del original. En cada uno de los duplicados debe constar la expresión "duplicado" y la razón de su expedición.
Las facturas deben conservarse durante cinco años a partir del día que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente liquidación del IVA. Si se trata de bienes muebles deben conservarse durante 10 años; si son inmuebles, durante quince años.
- Número de la factura.
- Nombre y apellidos o denominación social, NIF y domicilio del expendedor y del destinatario.
- Descripción de la operación y su contraprestación social.
- Lugar y fecha de emisión.
Respecto a los duplicados y copias, los empresarios y profesionales sólo podrán expedir un original de cada factura o documento sustitutivo. Se pueden expedir duplicados cuando en una misma operación concurran varios destinatarios o en caso de pérdida del original. En cada uno de los duplicados debe constar la expresión "duplicado" y la razón de su expedición.
Las facturas deben conservarse durante cinco años a partir del día que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente liquidación del IVA. Si se trata de bienes muebles deben conservarse durante 10 años; si son inmuebles, durante quince años.
Existen diferentes tipos de facturas en función del contenido de la misma así como de su función:
Factura ordinaria
La factura ordinaria es la más usada. En ella se detalla la entrega del producto o del servicio además de los impuestos aplicables a la operación y los precios.
Casi todas las facturas que pasan por nuestras manos a diario son ordinarias.
Factura rectificativa
En ocasiones, las facturas pueden contener algún error o por ejemplo, no cumplir con la legislación vigente. El objetivo principal de la factura rectificativa es subsanar todos esos errores o agregar algún dato que sea necesario
Se pueden corregir varias facturas en una sola factura rectificativa.
Factura recapitulativa
Muchas veces se realizan varias operaciones para un mismo destinatario y por cada una de ellas se debería emitir una factura. La factura recapitulativa permite agrupar en una sola factura varias operaciones comerciales o de prestación de servicio que estén comprendidas entre distintas fechas pero en un mismo mes natural.
Cómo interpretar las facturas
Conocer las facturas es muy importante, para poder saber lo que en realidad pagamos y disponer de una información plena sobre todos los movimientos que repercutirán en la cuenta corriente. Los principales beneficios de interpretar de forma correcta las facturas son:
Cómo interpretar las facturas
Conocer las facturas es muy importante, para poder saber lo que en realidad pagamos y disponer de una información plena sobre todos los movimientos que repercutirán en la cuenta corriente. Los principales beneficios de interpretar de forma correcta las facturas son:
- Para formalizar cualquier queja o reclamación ante la entidad emisora de la misma, por cualquier circunstancia.
- Permite una mayor planificación en el presupuesto mensual, al conocer con más detalle los gastos que se tendrán en cada periodo.
- Ayuda a conocer mejor qué variables e impuestos se aportan a los recibos y a mejorar la capacidad de análisis para cambiar de oferta o irse a otra compañía en los servicios liberalizados.
- Será más fácil detectar cualquier error o anomalía en alguno de los recibos emitidos y reclamarlo al emisor.
- Será más difícil que cualquier incidencia no contemplada en el contrato se refleje en contra de los intereses de los usuarios.
- Se podrá descubrir con más ágilidad cualquier cambio en el consumo, con lo que podrá aplicarse una óptima estrategia de ahorro para los próximos meses.
- Es el instrumento definitivo para presentar alguna reclamación ante terceras instancias (arbitraje, defensa de los consumidores, órganos de consumo...) ante cualquier incidencia que vaya en contra de los intereses de los usuarios.
Aspectos a tener en cuenta en una factura
Es preciso tener
algunas nociones básicas, al menos sobre los recibos más habituales
con los que se está más familiarizado.
- Recibos de compra: deberá reflejar la cantidad aportada y su devolución, con la correspondiente aplicación de los impuestos, así como si se ha efectuado el pago con tarjeta o en metálico.
- Factura eléctrica: hay varios conceptos importantes que deben conocerse para interpretar el recibo y que se refieren al término fijo de potencia, energía consumida, impuesto sobre electricidad, alquiler de equipos de medida, IVA y origen de la electricidad.
- Factura telefónica: se detallan los servicios contratados, ya sea Internet, telefonía, televisión, etc. Por otro lado, también se especificará el consumo y, al final, el valor total que hay que pagar.
- Otras: factura del agua, de gas etc.
La
importancia de conservarlas
Sin recibos no
se puede reclamar un mal servicio, un pago indebido o la aparición
de una pieza defectuosa en algún aparato
Ahora
que el Tribunal
de Justicia de la Unión Europea ha declarado ilegal el
denominado "céntimo sanitario", solo los contribuyentes
que puedan presentar las facturas de las diferentes gasolineras en
donde hayan llenado el depósito de sus vehículos podrán cobrarlo.
Esto pone de manifiesto la
importancia de conservar estos documentos de pago durante varios
años, ante la
posibilidad de encontrarse ante una circunstancia como esta o de
similares características.
Guardar siempre las facturas
Es frecuente
entre los consumidores que, una vez realizada la compra o prestación
de un servicio, se queden con la factura
que acredite su pago, pero que, a
los pocos días, bien la tiren a la basura o acabe en cualquier sitio
que les sea difícil recordar
si en algún momento la necesitan. Conservarlas es de especial
relevancia, ya que si no puede acreditarse un gasto, esto impedirá
ejercer cualquier acción,
como ha sucedido en el reciente caso del "céntimo sanitario".
Las facturas y recibos son la constatación de que en realidad se ha comprado un producto o servicio
Por ello, lo
más aconsejable es guardar
estos documentos debidamente en una carpeta o archivador, para que
puedan estar localizables en cualquier momento
y de forma rápida. Esta máxima se puede aplicar a todo tipo de
facturas, desde los recibos domésticos (gas, luz, telefonía...)
hasta las compras realizadas (ordenadores, muebles o
electrodomésticos), pasando por cualquier reparación
en el hogar (servicios de fontanería, ebanistería o electricidad).
También están incluidas las operaciones bancarias llevadas a cabo,
desde una transferencia
hasta la contratación de un depósito, sin olvidar las operaciones
de Bolsa.
Cualquier
factura debe ser objeto de atención y nunca tirarla o perderla. Ya que no se podrá
reclamar un mal servicio, un pago indebido o la aparición de una
pieza defectuosa en algún aparato.
¿Por qué conservarlas?
¿por qué
se deben conservar los recibos durante un periodo de tiempo
prudencial? Estas son las razones más básicas:
- 1. Mantienen la garantía del producto y conceden el derecho a reparación o sustitución del bien adquirido.
- 2. Actúan como el pasaporte natural para iniciar una reclamación o queja ante sus emisores, e incluso, en casos de fuerza mayor, para emprender un proceso judicial.
- 3. Son la constatación de que en realidad se ha comprado un producto o servicio. Sin ellos no habrá prueba fehaciente de esta operación.
- 4. Sirven para protegerse ante posibles problemas que puedan surgir en las relaciones con el vendedor o el suministrador del servicio.
- 5. Se constituyen como un instrumento indispensable para justificar los gastos ante las autoridades tributarias.
¿Las guardo todas?
La importancia
de almacenar las facturas se deriva del hecho de que son una
acreditación de
la compra o adquisición de un producto o servicio, y sin ellas no se
tendrán apenas derechos.
Pero también hay que tener en cuenta que conservar o no un recibo
depende del servicio prestado y que no todos cumplen las mismas
funciones ni tienen el mismo periodo de vigencia.
- Facturas domésticas: solo habrá que verificarlas, y si todo está bien, no será necesario guardarlas. Sin embargo, desde las asociaciones de consumidores recomiendan tenerlas durante un año por si hubiese que ejercer alguna reclamación. Sirven, sobre todo, para demandar un pago indebido y, en menor medida, para cambiar de tarifa.
- Extractos bancarios: están destinados para revisar sus cuentas, y una vez estén conformes con ellas, podrá prescindirse de ellos. No obstante, en los relativos a los productos financieros (depósitos, operaciones bursátiles, fondos de inversión, tarjetas...), deben mantenerse mientras estén vigentes los servicios contratados.
- Compras: ¿quién no ha comprado alguna vez un televisor, un ordenador? Su factura es el salvoconducto de su garantía, y si se pierde, no habrá ninguna. Por ello, deben mantenerse por un mínimo de dos años, que se incrementaría a un periodo mayor en las adquisiciones de electrodomésticos, equipos informáticos y productos audiovisuales, mientras que los justificantes de pago en ámbitos educativos y deportivos durarán el tiempo de sus actividades.
- Seguros: es necesario guardar los recibos de pago de cualquier póliza hasta el preciso momento en que finalice el contrato o sea rescindido por el propio asegurado.
- Bienes y propiedades: afectan a muchas personas que tienen en su patrimonio casas, vehículos, plazas de garaje, etc. En estos casos, tendrán que conservar sus escrituras mientras dispongan de la propiedad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario