La política de empleo es la intervención gubernamental en el mercado de trabajo con dos objetivos: la creación de empleo y la protección de los desempleados.
Las medidas para conseguir estos objetivos son diversas, y una vez más, los economistas discrepan en la eficacia de unas y otras. Se pueden resumir en los siguientes tipos:
- Actuaciones sobre la oferta de trabajo: no crean nuevo empleo pero modifican la tasa de paro. Entre ellas están la variación de la población activa mediante cambios en la edad de jubilación o en la edad legal para empezar a trabajar. Si, por ejemplo, se retrasa la edad de jubilación, como es la tendencia actual en la Unión Europea, se amplía la población activa y, para un número constante de personas en paro, desciende la tasa de desempleo. Otra medida es la reducción de la jornada laboral, que permitiría que nuevas personas se incorporaran al empleo para cubrir esas reducciones, disminuyendo la tasa de paro. Un impacto similar tiene el fomento del trabajo a tiempo parcial de manera voluntaria.
- Medidas sobre la demanda de trabajo: van encaminadas a potenciar la actividad empresarial y, de esa manera, crear empleo. Incluyen incentivos a las pequeñas empresas privadas y al "autoempleo" (reducción de impuestos, subvenciones, etc.), e inversiones públicas generadoras de puestos de trabajo.
- Formación de los trabajadores: actuaciones que tienen por objeto facilitar y mejorar la formación profesional de los trabajadores, especialmente aquellos con dificultades para acceder al primer empleo o para reinsertarse en el mercado laboral: cursos del INEM, programas de iniciación profesional, etc.
- Servicios de información de empleo: tienen como fin intermediar de forma eficaz entre la oferta y la demanda de trabajo, facilitando su encuentro. Estos servicios no sólo informan, sino que también orientan y asesoran tanto a empresas como a trabajadores desempleados, incluyendo la posibilidad de que éstos se constituyan en autónomos y se "autoempleen".
- Protección del desempleo: prestaciones y subsidios a los trabajadores que pierden su empleo. Las prestaciones por desempleo las paga la Seguridad Social a aquellos trabajadores que han cotizado durante al menos un año, y suponen el 80 por ciento del salario; su duración es proporcional al número de años cotizados con un máximo de 2 años. No tienen derecho a esta prestación aquellas personas que buscan su primer empleo, aunque en este caso pueden recibir un subsidio asistencial, por parte del Estado o de la Comunidad Autónoma, si carecen de ingresos y tienen cargas familiares. En esta misma situación se encuentran los parados de larga duración que han agotado la prestación a la que tienen derecho en función del tiempo cotizado por este concepto.
La Tasa de cobertura es el porcentaje de desempleados que cobra prestación o subsidio. La tabla siguiente muestra los datos en España desde el año 2002 hasta la actualidad.
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